Aclaramos ante todo a los matriculados que NO ES EL COPBA quién está tomando las medidas con relación a la actividad durante el aislamiento obligatorio, sino los organismos del Estado.
El COPBA se encuentra colaborando como intermediario entre el Estado y los matriculados en el marco de una EMERGENCIA HISTÓRICA, donde todos los sistemas de articulación se encuentran desbordados, pidiendo la compresión de los colegas, y solicitando especialmente se informen por los canales institucionales y no por medios informales como cadenas de whatsapp o versiones de dudosa procedencia.
El COPBA se encuentra en estado de comunicación permanente, las 24 horas, y se han abierto canales de consulta particular de cada matriculado a través de sus medios institucionales.
Ante la decisión unilateral de un Municipio (San Nicolás), de autorizar la apertura de las casas de óptica en dicha ciudad, informamos que:
– El COPBA ha solicitado en forma urgente al Ministerio de Salud en el día de hoy, se aclare el alcance de dicha autorización.
– En virtud de que el Municipio de San Nicolás NO ha dispuesto en su resolución ninguna medida de protección especial para los ópticos y sus dependientes, RECOMENDAMOS en caso de abrir las ópticas en dicha ciudad o en otras que dispusieran una norma similar, seguir las instrucciones del Protocolo que el COPBA enviara el miércoles 26/3/20 al Ministerio de Salud, el cual todavía NO ha sido autorizado por dicho organismo, y que son las siguientes:
a) Atender solamente urgencias, en especial a Pacientes con dioptrías importantes; Pacientes mayores de 60 años y Pacientes que se encuentren desempeñando tareas esenciales en el marco del operativo de prevención de la pandemia.
b) Realizar la entrega en la puerta de la casa de óptica, sin que el paciente ingrese a la misma.
c) Efectuar la atención con guantes, barbijo entregando los insumos en una bolsa plástica.
d) A fin de concertar la entrega, el paciente deberá previamente concertar en forma telefónica o por medios electrónicos un turno con la casa de óptica.
e) Las casas de óptica deberán entregar turnos con 10 minutos de distancia cada uno, a efectos de evitar concentración de personas.