En esta oportunidad, Graciela Martínez, responsable del área de Inspecciones del Colegio de ópticos de la provincia de Buenos Aires, nos cuenta cómo es el paso a paso de las habilitaciones.
La óptica es un establecimiento relacionado con la salud pública, hecho que impone una fiscalización rigurosa por parte de las autoridades sanitarias. En provincia de Buenos Aires la habilitación y funcionamiento de los establecimientos ópticos está regulado por la Ley N° 7314, decreto reglamentario N° 419/71.
Graciela Martínez, coordinadora del área de inspección del Colegio de Ópticos de la provincia de Buenos Aires, recuerda que «para habilitar una óptica en primera instancia el profesional debe estar matriculado», y debe presentar todos los requisitos que pide el Ministerio, y que se encuentra determinado en el Decreto.
Presentada la documentación, se genera el ingreso registrándose en sistema informático. Acto seguido se arma el respectivo expediente y se ordena la ejecución de una inspección. Las inspecciones se programan por zonas, el actuante verifica que el establecimiento cumpla con la reglamentación edilicia y que posea el total del instrumental solicitado, debe contar además con un profesional óptico que ejercerá como director técnico del establecimiento al cual se le exige dedicación exclusiva. En este punto, cabe recordar que los ópticos en la provincia no pueden ejercer dirección técnica en más de un establecimiento «esto significa que al estar a cargo de una óptica no puede trabajar en ninguna otra. Es responsable de todos los trabajos que se realizan en esa óptica, y firma el libro recetario, además, es la persona que debe estar presente todo el tiempo que la óptica esté abierta al publico».
Con el acta de inspección integral aprobada, el Colegio presenta la documentación al Ministerio, allí se caratula un expediente con toda la documentación presentada y se da curso a la solicitud del colega.
Recordamos que todo inicio de actividades o cambio en la habilitación del establecimiento debe ser notificado. Se enumera a continuación todos los tipos de tramites que están sujetos a control sanitario:
- -Habilitación de óptica
- -Habilitación por traslado
- -Habilitación por reformas
- -Habilitación de gabinete de adaptación de lentes de contacto en óptica ya habilitada
- -Cambio de razón social del establecimiento
- -Inclusión o cambio de director o co-director técnico de la óptica
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